La ciudadanía puede definirse como "conjunto de practicas que determinan que un sujetos es miembro de una sociedad en su relación con otros sujetos y con el Estado. Desde este punto de vista, las prácticas de los niños y jóvenes son prácticas ciudadanas, porque tienden a su inclusión en la sociedad.Sin embargo la condición ciudadana de niños y jóvenes presenta algunos problemas que dificultan el pleno ejercicio de la ciudadanía.
6) Tipos de derechos.
Hoy el concepto de ciudadano es mucho más amplio e incluye los siguientes derechos:
- Derechos civiles: Se vinculan con la idea de la libertad individual y de propiedad. Algunos ejemplos son: libre expresión de comercio, de prensa, etc.
- Derechos políticos: Se relacionan con el voto. Son derechos políticos poder elegir a nuestros representantes en elecciones limpias y libres y participar como candidatos para que nos elijan.
- Sociales: Se relacionan con que cada individuo debe tener un bienestar mínimo económico, social y cultural, para poder participar plenamente en la vida política de una sociedad. Ejemplos: Derecho a la salud, a la educación a la vivienda, al trabajo digno, a la alimentación.
- Derechos colectivos, de solidaridad, o de la humanidad: a diferencia de los anteriores estos derechos se disfrutan en conjunto, o sea que las personas beneficiadas -o afectadas- no están identificadas. Ejemplos: Derecho a la paz o a un medio ambiente sano.
7) ¿Qué son los derechos humanos?
Son los que tienen todas las personas por el simple hecho de serlo. Se basan en un principio de igualdad: todos los seres humanos son iguales en dignidad, y por lo tanto, en derechos, sin distinción de ningún tipo, es decir, no se establecen diferencias por sexo, edad, grupo étnico, nacionalidad, condición social, ni por ningún otro criterio de discriminación.
Si bien estos derechos nos corresponden a todos, estos deben ser recogidos, protegidos, y garantizados por los Estados por medio de leyes, de acciones y políticas.
8) Las características de los derechos humanos
Una de las características de los derechos humanos es que son, universales, es decir, son reconocidos para todas las personas, sin distinción de sexo, grupo étnico, nacionalidad, religión, edad.
Otra característica es que son irrenunciables, o sea, no pueden ser rechazados o negados por las personas ni por los Estados.
También son imprescriptibles, por lo tanto no pierden vigencia a lo largo del tiempo.
Además, son indivisibles, no es posible reconocer a unos sí y a otros no.
Por último, son interdependientes, porque, dependen unos de otros; no es posible cumplir uno sin tener el otro.
9) Las generaciones de derechos
- La primera generación de derechos, derechos de libertad o derechos individuales incluyen los derechos civiles y políticos (como el derecho a la libertad de expresión, libertad de asociación, derecho a la vida, a un juicio justo, a la participación en la vida política,... Son característicos del Estado Liberal del siglo XVIII, en el que se destacaron los principios de legalidad, seguridad jurídica e igualdad formal o ante la ley.
- La segunda generación de derechos humanos, derechos de la igualdad o derechos económicos, sociales y culturales, están fundamentados en las ideas de igualdad y acceso garantizado a bienes, servicios y oportunidades económicas y sociales fundamentales. Estos derechos implican al estado como medio para satisfacer algunas necesidades materiales de los ciudadanos.
- La tercera generación de derechos humanos, derechos colectivos, derechos de la solidaridad o derechos emergentes surgen a partir de la segunda mitad del siglo XX y especialmente en el último tercio de este siglo. Muchos de ellos aún están en proceso de ser admitidos y reconocidos. Se refieren a los derechos colectivos de las personas o de la sociedad, tales como el derecho al desarrollo sostenible, el derecho a la paz, el derecho al medio ambiente sano, derechos de los consumidores, o la protección frente a la manipulación genética.
Hay dos posturas para ver este problema. La universal y la relativista. La posición universal opina que los derechos deben ser iguales para todas las personas sin importar género u edad. El relativismo plantea que los derechos tienen que ser especificados según la historia del país, las creencias y la cultura dependiendo de las ideas.
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